Quienes promuevan, favorezcan o faciliten la explotación sexual de
niñas, niños o adolescentes serán reprimidos con penas privativas de la
libertad de entre 15 y 20 años, según modificó el Pleno del Congreso el Código
Penal que establecía penas de entre cuatro y ocho años de cárcel. La pena es de cadena perpetua si se causa la muerte de la víctima o si
se lesiona gravemente su salud física o mental.